Mediante dicha ley se crearon dos Juzgados de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia el primero de ellos con asiento en la ciudad de Cafayate, competencia territorial en los departamentos de Cafayate y San Carlos y dependiente del Distrito Judicial del Centro y el segundo con asiento en la ciudad de Joaquín V. González, competencia territorial en el departamento de Anta y dependiente del Distrito Judicial del Sur (Circunscripción Anta).
El texto de la Acordada 12098 que aprobó la iniciativa legislativa indica que se agregue como segundo y tercer párrafo del artículo 3 de la Ley 7624 y modificatoria lo siguiente: “En caso de impedimento, inhibición o recusación, el Juez de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral de Personas y Familia y de Garantías, con asiento en la ciudad de Cafayate, será reemplazado por los jueces de Garantía con asiento en la Capital y conforme sorteo.
Los jueces con asiento en la ciudad de Joaquín V. González se reemplazarán recíprocamente. En caso de ausencia de ambos se seguirá el orden establecido en las respectivas leyes orgánicas”.
Fuente: Poder Judicial