Riesgo total e innecesario

Cerca del cielo. Eso pensé cuando vi a este trabajador moverse a una elevada altura y sin ningún tipo de protección obligatoria
2026-10-07 01:57:21 LOCALES

A las 17 horas del martes 6 de octubre, los padres de los alumnos de séptimo grado de la querida escuela Pedro B. Palacios, asistimos a una reunión informativa.

Después de 20 minutos salí al segundo patio que da a la cancha de básquet, en ese momento noté a unos hombres trabajando. Uno de ellos estaba en la parte más alta de la estructura y sin ninguna protección.

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Para el que no está al tanto, les informamos que por estos días la municipalidad de la ciudad de Joaquín V. González lleva a cabo la CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MÚLTIPLES de 30 x 32 metros, cubriendo una superficie de 960m2. Obviamente, esta obra permitirá crear un espacio cerrado para protección de inclemencias climáticas y desarrollar distintas actividades pedagógica y recreativa.

La obra que fue otorgada al GRUPO HAGD Arquitectura, Construcción y Gestión S.A.S., a través de adjudicación simple. Sin embargo, nuestro municipio tendrá una responsabilidad preponderante si no se toman medidas preventivas urgentes para que no acontezca una desgracia que se puede evitar.

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Elementos de Protección Obligatoria para Trabajadores de Altura

Los Elementos de Protección Personal (EPP) son esenciales para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en trabajos de altura. Los EPP obligatorios incluyen:
1- Arnés de cuerpo completo: El único arnés permitido es el de cuerpo completo, con certificación IRAM 3622 o equivalente internacional.
2- Línea de vida: Conecta el arnés al punto de anclaje, que puede ser horizontal o vertical.
3- Mosquetones y conectores: Deben ser de cierre automático y soportar mínimo 22 kN (2.200 kg).
4- Punto de anclaje seguro: Estructura fija que soporte mínimo 2.300 kg por trabajador anclado.
Estos elementos deben ser inspeccionados antes de cada uso y registrados en la "Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal". La capacitación específica para trabajadores de altura es obligatoria y debe ser dictada por profesionales matriculados en Higiene y Seguridad.



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