Este pedido se fundamenta en la problemática de accidentología y de situaciones que comprometen la vida en la vía pública.
Además considera:
Que el Estado en todos sus niveles tiene la obligación de lograr la plena vigencia del derecho a la Salud para la población, en un sistema basado en criterios de equidad, solidaridad, eficacia, eficiencia y calidad
Que la cobertura para la asistencia de personas en situaciones críticas, con riesgo de vida real (emergencias) o potencial (urgencias) en la vía pública es competencia municipal
Que es frecuente hoy en nuestra ciudad tomar conocimiento de accidentes viales, que inclusive terminan con víctimas fatales.
Que hay municipios en donde pueden observarse que toda la ciudadanía usa casco protector para transitar en la ciudad, inclusive cuantas con normativas que regulan esto, como es el Municipio de Metan en donde no se realiza a las motocicletas venta de combustibles si no concurre a la estación de servicio con el casco.
Que existe evidencia sustancial que los cascos son altamente efectivos para prevenir la discapacidad y muerte de motociclistas involucrados en incidentes viales. Sin embargo, su uso dista de ser universal, inclusive no se observa que desde el D.E.M. se estén realizando políticas activas de control.
Que de acuerdo a una nota periodística publicada por el diario Zona Sur, http://zonasursalta.com.ar/noticias/id-11582_si-otros-pueden-por-qu-nosotros-no, se reflejan datos de la dirección de Tránsito del municipio de Joaquín V. González, en el cual existe un registro elaborado por un Grupo Técnico, donde se hace referencia al Tipo de Colisiones, Vehículos Intervinientes, Horas de los Hechos y Sistemas de Seguridad de Vehículos, en el mismo se expone:
INFORME DESTACADO:
= Lesiones Culposas en Siniestro Vial 100%
= Lesiones Casuales en Siniestro Vial 0%
INVOLUCRADOS EN SU MAYORÍA LOS SIGUIENTES VEHÍCULOS
35% Camioneta-Motocicleta.
35% Motocicleta-camión
35% Automóvil y velocípedo
LOS TIPOS DE COLISIONES
= Camioneta-Motocicleta son colisiones perpendicular.
= Motocicleta-camión: perpendiculares.
= Velocípedo y automóvil: perpendicular
PARTICIPANTES, EDADES, SEXO Y DOCUMENTACIÓN
Cantidad de participantes en siniestro
= 6 participantes
= Lesionados: 50%
= No Lesionados: 50%
Sexo de conductores
= Femenino: 25 %
= Masculino: 75%
Grupo etario de conductores
✓ De 15 a 40 años: 70% de conductores
✓ De 40 a 60 años: 30% de conductores
Documentación aportada
Completa: 50%
Incompleta: 50%
CAUSAS QUE INFLUYERON EN LOS SUCESOS EN FORMA ESPECÍFICA
1. Exceso de velocidad.
2. Imprudencia del conductor.
3. Falta de los sistemas de luces de los rodados.
4. Falta de conocimiento de la prioridad de paso.
5. Obstrucción en la ochava.
SINIESTRALIDAD VIAL CON VÍCTIMAS FATALES JOAQUÍN V. GONZÁLEZ
14 personas en el año 2021 y 8 en el 2022.
Siniestralidad vial con lesionados y/o víctimas fatales 117 personas en el año 2021 y 99 en el 2022.
Siniestralidad vial con lesionado 103 en el año 2021 y 91 en el año 2022.
En 2023 (Siniestros viales jurisdicción Joaquín V. González) hubo 4 víctimas fatales y 47 lesionados.
Que En los últimos años la OMS ha recomendado el monitoreo y vigilancia de los factores de riesgo asociados a la ocurrencia de las LCT, como son el uso del cinturón de seguridad en conductores y ocupantes de vehículos, el uso del casco en conductores y ocupantes de motocicleta, el uso de retenedores infantiles en menores de 5 años, pruebas de alcoholemia en sangre y medición de velocidad en las vías.
Que el casco se considera una medida salvadora, que se ha asociado con la reducción en el riesgo de muerte hasta en 40% y de lesión en cerca del 70%.
Que ante estos datos es menester que se conozca que políticas activas esta realizando el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de tránsito local, si existe convenio con organismos provinciales para intensificar los controles, y a su vez aunar esfuerzos en políticas con este tinte.
Que el artículo 19 define como Atribuciones y Deberes del Concejo Deliberante, en el inciso 24 pedir informes al Departamento Ejecutivo, para el mejor desempeño de su mandato, los que deberán ser contestados dentro del término que fije el Cuerpo.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JOAQUÍN V. GONZALEZ RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Solicítese al D.E.M informe a este Concejo Deliberante en el término de 5 días hábiles:
a) Cuál es la política de prevención de accidentes viales en nuestra Ciudad, frecuencia de los controles, tipo de sanciones impuestas hacia los infractores.
b) Como justifica que la mayoría de la población que usa motocicletas para transitar no use casco.
c) Informe si se realizan controles de tipo: uso del cinturón de seguridad en conductores y ocupantes de vehículos, el uso del casco en conductores y ocupantes de motocicleta, el uso de retenedores infantiles en menores de 5 años, pruebas de alcoholemia en sangre, medición de velocidad en las vías, controles de documentos del rodado/motocicleta.
d) Si ante los datos alarmantes de los últimos meses se intensificó las políticas de prevención, o inclusive si se ampliaron.
ARTÍCULO 2°: remítase copia del proyecto a la Dirección de Tránsito de la ciudad de Joaquín V. González.
ARTÍCULO 3°: De forma. –