Recordemos que este beneficio se otorga por Decreto Nº 1602/09, y corresponde a trabajadores no registrados que ganen menos del salario mínimo, vital y móvil. También están incluidos los desocupados y el servicio doméstico. Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado.

Los hijos deben ser argentinos nativos o tener al menos, tres años de residencia en el país.
Se pagarán $180 (ciento ochenta pesos) por mes, por hijo (máximo 5) en dos partes. La primera (el 80%) se recibirá directamente ($144), y el otro 20% restante ($36) se depositará en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.
