violencia
Roberto Antonio Humano se llegó a la redacción de ZONA SUR para manifestar su desacuerdo con una medida judicial que le imposibilita permanecer en su vivienda ubicada en barrio 10 de junio, manzana 4 casa 60 de la ciudad de Joaquín V. González, por el lapso de 30 días. El inconveniente que plantea es que en el lugar funciona su taller de metalúrgica que es el único medio laboral y de subsistencia que tiene para él y su familia compuesta por su mujer Miriam Noemí Pérez (33) y sus ocho hijos de 15, 14, 13, 11, 9, 6, 5 y 1 año y medio. Su mujer lo denunció por malos tratos aunque el hombre lo niega rotundamente.
Con fecha del miércoles 16 de marzo
Roberto Antonio Humano, domiciliado en barrio 10 de junio, manzana 4 casa 60 de la ciudad de
Joaquín V. González, fue notificado por orden del juez
Carlos A. Graciano, a abandonar el hogar por el término de 30 días. Esta decisión está relacionada con el expediente Nº 30888/11 caratulado
Pérez Miriam Noemí contra Roberto Antonio Humano, por Violencia Familiar" que se tramita en el
Juzgado de 1º Instancia en lo Civil de Persona y Familia II Nominación de la ciudad de Metán a cargo del juez
Carlos Graciano.
El juez ordenó la exclusión del hogar de
Humano de la vivienda que habita con
Miriam Pérez, por el término de 30 días, con prohibición de acceder al lugar sin orden judicial. Además, el impedimento de todo contacto y la prohibición de acceso y acercamiento a menos de 100 metros del lugar donde reside
Miriam Pérez y lugares donde desempeña su trabajo, o donde concurre en forma habitual. Todo esto bajo apercibimiento a
Roberto Humano, en caso de incumplimiento de comunicar los hechos al fiscal que por turno corresponda, para que solicite su inmediata detención.
La cédula de notificación también expresa el reintegro al domicilio de
Miriam Pérez junto a sus hijos menores. Además, intiman a humano a que se abstenga de ejercer actos de violencia física, síquica y verbal contra
Pérez. Todo esto bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de comunicar los hechos al fiscal que por turno corresponda, para que solicite su inmediata detención.