Discrepancia con medida judicial en un caso de violencia familiar

2016-04-08 07:36:06 - FIESTAS PATRONALES

Tiempo de lectura: 1 minuto, 31 segundos

violencia

Roberto Antonio Humano se llegó a la redacción de ZONA SUR para manifestar su desacuerdo con una medida judicial que le imposibilita permanecer en su vivienda ubicada en barrio 10 de junio, manzana 4 casa 60 de la ciudad de Joaquín V. González, por el lapso de 30 días. El inconveniente que plantea es que en el lugar funciona su taller de metalúrgica que es el único medio laboral y de subsistencia que tiene para él y su familia compuesta por su mujer Miriam Noemí Pérez (33) y sus ocho hijos de 15, 14, 13, 11, 9, 6, 5 y 1 año y medio. Su mujer lo denunció por malos tratos aunque el hombre lo niega rotundamente.


Con fecha del miércoles 16 de marzo Roberto Antonio Humano, domiciliado en barrio 10 de junio, manzana 4 casa 60 de la ciudad de Joaquín V. González, fue notificado por orden del juez  Carlos A. Graciano, a abandonar el hogar por el término de 30 días. Esta decisión está relacionada con el expediente Nº 30888/11 caratulado “Pérez Miriam Noemí contra Roberto Antonio Humano, por Violencia Familiar" que se tramita en el Juzgado de 1º Instancia en lo Civil de Persona y Familia II Nominación de la ciudad de Metán a cargo del juez Carlos Graciano.
El juez ordenó la exclusión del hogar de Humano de la vivienda que habita con Miriam Pérez, por el término de 30 días, con prohibición de acceder al lugar sin orden judicial. Además, el impedimento de todo contacto y la prohibición de acceso y acercamiento a menos de 100 metros del lugar donde reside Miriam Pérez y lugares donde desempeña su trabajo, o donde concurre en forma habitual. Todo esto bajo apercibimiento a Roberto Humano, en caso de  incumplimiento de comunicar los hechos al fiscal que por turno corresponda, para que solicite su inmediata detención.
La cédula de notificación también expresa el reintegro al domicilio de Miriam Pérez junto a sus hijos menores. Además, intiman a humano a que se abstenga de ejercer actos de violencia física, síquica y verbal contra Pérez. Todo esto bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de comunicar los hechos al fiscal que por turno corresponda, para que solicite su inmediata detención.

 


TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR